Prórroga / Retorno de Capitales

Jul 22, 2017 | Fiscal

El pasado 17 de julio de 2017, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se modifica el diverso que otorga diversas facilidades administrativas en materia del ISR relativos a depósitos o inversiones que se reciban en México (el «Decreto») publicado el 18 de enero de 2017, el cual entró en vigor el día de su publicación.

La modificación del Decreto contempla lo siguiente: i) estará vigente durante los nueve meses posteriores contados a partir de su entrada en vigor, es decir, hasta el 19 de octubre de 2017, ii) los contribuyentes a los que con anterioridad a la fecha de pago del ISR por recursos retornados al país, se les hubieran iniciado por parte de las autoridades fiscales el ejercicio de las facultades de comprobación, podrán aplicar el beneficio del Decreto siempre que corrijan su situación fiscal mediante el pago del impuesto que corresponda en términos del referido Decreto, y iii) cuando las inversiones mantenidas en el extranjero de las cuales derivan los ingresos a que se refiere dicho Decreto constituyan conceptos por los que se debió haber pagado el ISR en México, se deberá contar con el documento que acredite el pago correspondiente y la autoridad fiscal pueda comprobarlo, de conformidad con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación, en cuyo caso ya no será necesario efectuar el pago del impuesto sobre la renta en términos de dicho Decreto.

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